Listado de países que podrán acceder a españa con una prueba diagnóstica con resultado negativo por SARS-COV-2

¿Tienes pensado viajar a España y no sabes si tu país de origen tiene permitida la entrada en España?
¿Tienes pensado viajar a España y no sabes si tu país de origen tiene permitida la entrada en España?

La Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España actualiza el listado de países y zonas a los que se exige a los pasajeros que proceden de ellos una prueba diagnóstica de infección activa por SARS-CoV-2 con resultado negativo como requisito de entrada a España.

La vigencia del listado de países que veremos a continuación entró en vigor a las 00 horas del pasado día 01 de marzo de 2021 y será válido hasta las 24 horas del día 14 de marzo de 2021, y divide los países en dos zonas geográficas: los países y zonas de la Unión Europea/Espacio Económico Europeo y el resto.

Países y zonas de la Unión Europea/Espacio Económico Europeo

  • Alemania
  • Austria (excepto la región de Vorarlberg)
  • Bélgica
  • Bulgaria
  • Chequia
  • Chipre
  • Croacia
  • Eslovaquia
  • Eslovenia
  • Estonia
  • Finlandia (Finlandia (excepto las regiones de Etela-Suomi, Lansi-Suomi y Pohjois- Ja Ita-Suomi)
  • Francia (excepto Guyana y la isla de Martinica)
  • Grecia (excepto las regiones de Anatoliki Makedonia Thraki, Dytiki Makedonia, Ionia Nisia, Ipeiros, Kentriki Makedonia, Kriti, Notio Aigaio, Peloponnisos, Sterea Ellada, Thessalia y Voreio Aigaio)
  • Hungría
  • Irlanda
  • Italia (excepto las regiones de Cerdeña, Sicilia y Valle D’aosta/vallee D’aoste)
  • Letonia
  • Liechtenstein
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Malta
  • Noruega (excepto las regiones de Agder, Vestfold og Telemark, Vestland, Viken, Innlandet, Møre og Romsdal, Nordland, Rogaland, Troms og Finnmark y Trøndelag)
  • Países Bajos
  • Polonia
  • Portugal (excepto las Islas Azores)
  • Rumanía
  • Suecia

Terceros países y zonas de riesgo

Criterios de inclusión: Todos los países terceros (incluido Suiza). Se exceptúan los países incluidos en el Anexo de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Quedan incluidos todos los países terceros y zonas, EXCEPTO los siguientes:

 En este caso el listado no es el de los países a los que se recomienda NO viajar, sino a los que sí que se puede viajar.

País/Estado (exceptuados)

  • Australia
  • Nueva Zelanda
  • Ruanda
  • Singapur
  • Corea del Sur
  • Tailandia
  • China

Regiones administrativas especiales de la República Popular China (exceptuados)

  • RAE de Hong Kong
  • RAE de Macao

El Ministerio de Sanidad ha ampliado el número de países en el listado que indica qué viajeros deberán guardar cuarentena obligatoria al llegar a España para controlar la expansión de la cepa sudafricana y la brasileña.

Según la orden publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, deberán someterse a cuarentena las personas procedentes de cualquier aeropuerto de los nombrados a continuación: Brasil, Sudáfrica, Botsuana, Unión de Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania, Zambia, Zimbabue, Perú y Colombia.

Lo que supone que estos pasajeros deberán permanecer en aislamiento los diez días siguientes a su llegada al país, o durante toda su estancia si la misma fuera inferior al plazo indicado. Pero si al séptimo día el viajero se hiciese una prueba diagnóstica con resultado negativo, el periodo de aislamiento cesaría.

Esta orden entrará en vigor el 8 de marzo de 2021 y tendrá una validez de 14 días naturales, establece también que estas personas tendrán el desplazamiento o visita de terceras personas limitado.

Si tienes alguna duda o simplemente quieres mantenerte informado de las últimas novedades en materia de extranjería, no dudes en contactar con nosotros y hacernos tu consulta a través de nuestra página web, nuestro correo electrónico, nuestro teléfono, nuestras redes sociales o si lo prefieres puedes hacer tu consulta por videoconferencia o de forma presencial, acudiendo a nuestra oficina en Valencia.

Compartir:

Share on facebook
Share on twitter
Share on vk