Autorización de residencia al estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial

Hoy profundizaremos sobre uno de los trámites más solicitados en materia de Extranjería por los estudiantes que quieren trabajar o emprender un proyecto en España.
Hoy profundizaremos sobre uno de los trámites más solicitados en materia de Extranjería por los estudiantes que quieren trabajar o emprender un proyecto en España.

¿Quién debe presentar la solicitud?

Los estudiantes que sean titulares de una autorización de estancia por estudios, que hayan finalizado los estudios en una institución de educación superior y que hayan alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado, podrán permanecer en España durante un período máximo e improrrogable de doce meses con el fin de buscar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial o, en su caso, su representante legal.

¿Cómo se presenta la solicitud?

  1. La solicitud debe presentarse por Internet:
    A través de la Plataforma Mercurio, en el siguiente enlace: https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/renovacion_telematica_extranjeria
  2. En el Registro electrónico general de la Administración General del Estado, en el siguiente enlace: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

El estudiante solicitará mediante medios electrónicos una autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial a la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia en la que vaya a residir, que únicamente comprobará que se ha obtenido el título o certificado de educación superior u otra prueba de cualificación oficial, que cuenta con seguro médico y el mantenimiento de recursos suficientes. Para acreditar esta última circunstancia, el solicitante presentará una declaración responsable en la que detallará los medios con los que acredite la suficiencia de recursos.

¿Cuándo se presenta la solicitud?

Durante los 60 días naturales previos a la fecha de caducidad de la autorización de estancia por estudios. También se puede solicitar dentro de los 90 días naturales posteriores a dicha fecha, sin perjuicio de la posibilidad de que sea incoado el correspondiente procedimiento sancionador. La solicitud en el plazo indicado en el apartado anterior prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.

¿Qué documentación debo aportar?

La documentación que debe aportar:

¿Qué autorización debe solicitarse una vez encontrado un empleo o emprendido un proyecto?

Durante la vigencia de la meritada autorización, en caso de encontrar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o de haber emprendido un proyecto empresarial, se deberá solicitar la autorización correspondiente de entre las reguladas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, o en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre.

¿Quiénes pueden acompañar al interesado?

Durante la vigencia de la autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, podrá estar acompañado por sus familiares en caso de que estos ya le hubiesen acompañado durante su estancia por estudios. Su permanencia estará en todo caso vinculada a la situación del titular de la autorización principal.

¿Cuál es el plazo de resolución?

El plazo para resolver esta autorización será de 20 días, transcurridos los cuales, si no existiera resolución expresa, se entenderá concedida por silencio administrativo.

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